El Senado aprobó por unanimidad y despachó a ley el Bono de Alivio, que fue presentado por el Gobierno para apoyar a las pequeñas y medianas empresas (Pymes) más afectadas por la crisis del coronavirus.

El proyecto quedó en condiciones de ser promulgado por el Ejecutivo para que posteriormente la Contraloría tome razón. De esta forma, una vez que sea publicado en el Diario Oficial, comenzarán los depósitos de los respectivos montos.

Cabe agregar que la iniciativa fue aprobada incluyendo a nuevos beneficiarios, pues durante la tramitación se presentó una indicación que extiende los aportes a otro grupo de comerciantes.

¿Quiénes recibirán los montos?

El Bono de Alivio consiste en $1.000.000 para todas las Pymes —sean personas naturales o jurídicas— que se encuentren o no exentas de pago de IVA, y cuyos ingresos anuales no hayan superado las 25 mil UF durante año calendario 2020, a no ser que se trate de microempresarios de ferias libres.

Originalmente, la medida no contemplaba a este último grupo, pero finalmente fue aprobada con su inclusión. Eso sí, tendrán que tener su respectivo permiso municipal al día. Por otro lado, no están sujetas al cumplimiento de los requisitos que se les exige a las micro y pequeñas empresas para acceder al bono.

¿Qué requisitos deben cumplir las Pymes?

Para acceder a este pago, las Pymes interesadas deben cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

  • Ingresos por ventas y servicios del giro de, al menos, dos meses, continuos o discontinuos, durante 2020 ó 2021.
  • Que hayan tenido contratado, a lo menos, un trabajador durante 2020, según información presentada al SII.
  • Que corresponda a los rubros más golpeados por la pandemia: gastronomía, eventos, cultura, servicios de turismo, belleza y peluquerías, gimnasios, transportes escolares, jardines infantiles, ventas y mercados en ferias y ferias libres.

Bono Adicional Variable de hasta $2 millones

El Bono de Alivio contempla una segunda bonificación que recibirán las Pymes que deben pagar IVA. En ese sentido, obtendrán la devolución de tres meses del promedio fiscal de este impuesto declarado por las ventas y servicios por los 12 meses del año 2019, logrando un monto con tope máximo de $2.000.000.

Si el titular de una empresa individual de responsabilidad limitada es de sexo femenino, según el Registro Civil, tanto el Bono de Alivio como el Bono Adicional Variable aumentarán en un 20% su valor.

¿Cuáles son los plazos de pago?

Se pretende que el acceso y el pago de estos beneficios sea simple y expedito, agregando que su asignación será de manera automática, como han anunciado desde el Gobierno.

Cuando la ley sea publicada en el Diario Oficial, podrá solicitarse el bono en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) y en un plazo de 20 días serán depositados los montos.

 

Fuente: meganoticias.cl